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30 de Noviembre, 2006

CHILE: Trabajadores de Aguas Araucania negocian pliego

Por FENATRAOS - 30 de Noviembre, 2006, 17:43, Categoría: LEYES - NORMAS

Noticias FENATRAOS, www.fenatraos.cl

23 de Noviembre del 2006
A 8 DÍAS DEL CIERRE DEL PLAZO LEGAL DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, NO 
EXISTE ACUERDO ENTRE EL EMPLEADOR Y LOS TRABAJADORES DE AGUAS ARAUCANIA, 
NOVENA REGIÓN.

Temuco, 22 de Noviembre de 2006, en el marco de la negociación 
colectiva, los trabajadores de los SINDICATOS N°1 Y 2 de AGUAS ARAUCANIA S.A.,
comunicaron la última oferta de la empresa la que dista muchos de sus
pretensiones que aspiraban los trabajadores para este nuevo contrato
colectivo, atendiendo a los buenos resultados de la compañía.

Las principales diferencias están en el Bono de productividad, el
porcentaje de reajuste real a las remuneraciones y el bono de termino 
de conflicto, cuyas diferencias a juicio de los dirigentes sindicales son 
muydifícil de sortear, no por que ellos no hayan agotados los esfuerzos 
para alcanzar un acercamiento, sino más bien se debe a la postura 
intransigente de la parte representante del empleador que no muestra disposición
al dialogo.

Por lo anterior, según el artículo N°370 del Código del Trabajo, los
trabajadores deberán votar la Huelga Legal el día jueves 29 de 
Noviembre de 2006, luego oficiaran a la Inspección del Trabajo, para que actué 
como Ministro de Fe.

Los trabajadores sanitarios de todo el país que están siguiendo el
proceso, pueden hacer llegar sus mensajes de apoyo y solidaridad a los
teléfonos de la oficina sindical de la ciudad de Temuco, estos serán
recibidos por las directivas de ambos sindicatos y comunicados a los
socios.

Teléfonos - fax: 45-211885 o 45-743214,
Correos electrónicos: sindicato2@aguasaraucania.cl,
sindicato1@aguasaraucania.cl

AGUAS ARAUCANIA

La Empresa de Servicios Sanitarios Aguas Araucanía, que abastece de los
agua potable y recolección y tratamiento de aguas servidas a 175 mil
clientes, es sucesora legal de ESSAR, tiene desde el 2004 la concesión 
de los servicios sanitarios de la Novena Región por 30 años, entidad 
privada dependiente del Consorcio Aguas Nuevas que lo integran, además las
Empresas Sanitarias de la I y XII Región, que a su vez pertenece al 
Grupo Solari, siendo la cara visible en el negocio sanitario uno de los 
máximos ejecutivos de la familia, PIERO SOLARI.

LA PROPIEDAD DE AGUAS NUEVAS

El grupo controlador del consorcio, está compuesto por las cinco ramas 
de la familia Solari, encabezada por los hijos de Reinaldo Solari - Carlo 
y Piero (Inversiones Megeve) - que tienen el 33% del consorcio Aguas 
Nuevas.
También participan Juan Cúneo Solari, con un 22%, así como Sergio 
Cardone,Carlos Heller (hijo de Liliana Solari Falabella), Juan Carlos Cortés 
(hijo de Teresa) y Cecilia Karlezi (hija de María Luisa), con un 11% cada 
uno.

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Sinalserpub: Debate de Quinquenio

Por CUT - COLOMBIA - 30 de Noviembre, 2006, 16:37, Categoría: CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES - CUT

URGENTE.... URGENTE.....


VIERNES 1 DE DICIEMBRE DE 2006 A LAS 9:00 A.M.

Compañer@s SINALSERPUB se permite invitar tod@s y tod@s

al  del debate de quinquenios

PROYECTOS DE ACUERDO No. 469 y 484 acumulados por  unidad de materia 

Viernes 1° DE DICIEMBRE DE 2006

Hora:  9:00 A.M

Lugar Concejo de Bogotá (Calle 34 No. 27-36)

S I N A L S E R P U B  

Filial CUT - ISP

Carrera 7 No. 12-70 Oficina 201 Bogotá D.C.

Teléfono (1) 2833058 telefax (1) 4 816037

sinalserpub@tutopia.com - sinalserpub@etb.net.co

Los invitamos a visitar nuestras páginas WEB:

www.fna.gov.co

www.cut.org.co

www.estatalescolombiaisp.org.co  


Visita www.tutopia.com y comienza a navegar más rápido en Internet.Tutopia es Internet para todos.

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Sobre el Proyecto Ley General de Trabajo

Por Georgina Carlos - 30 de Noviembre, 2006, 16:21, Categoría: LEYES - NORMAS

Solo faltan analizar 36 artículos no consensuados para que la Comisión de Trabajo culmine con aprobar el engranaje legal que tendrá el Proyecto de Ley General de Trabajo, informó el presidente de dicho grupo legislativo, congresista Aldo Estrada Choque, durante la sesión de hoy que se desarrolló en el Anfiteatro Abelardo Quiñones.
Señaló que a la fecha se han aprobado 30 artículos y se prevé que en dos sesiones más se culminará con el importante instrumento legal laboral y luego se pedirá las opiniones de los representantes del empresariado, de los trabajadores y demás personalidades que asisten permanentemente a las reuniones.
Estrada Choque dijo que dará esta oportunidad, a pesar de que los artículos no consensuados (66) están siendo aprobados teniendo en cuenta las propuestas del Ministerio de Trabajo, de los empresarios, trabajadores, expertos y, principalmente, los puntos de vista de los miembros de la comisión que preside.
En ese sentido rechazó los comentarios que injustificadamente señalan que la Comisión de Trabajo está actuando con irresponsable rapidez. “No son justos dichos comentarios porque se está actuando en forma meditada y mesurada”, expresó el legislador, quien aseguró que se aprobará un proyecto debidamente consensuado.
En la sesión de hoy se aprobaron 14 artículos, relacionados con el título preliminar, el contrato de trabajo, forma de remuneraciones, derechos de los trabajadores, traslado y destaque funcional, causas justas de despido, derecho de defensa del trabajador, despido nulo y actos de hostilidad. Quedó pendiente un artículo relativo a la indemnización por despido injustificado.
Se aprobó, por ejemplo, que es nulo el despido que tenga por motivos: la afiliación a un sindicato, la participación en actividades sindicales, ser candidato a representante de los trabajadores o haber actuado en esa calidad, y la discriminación directa o indirecta por razón de sexo, raza, origen, religión, opinión, idioma, estado civil, responsabilidades familiares, edad, discapacidad, ser portador del VIH/SIDA y condición económica.
Se considera actos de hostilidad: la falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente, salvo razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por el empleador; la rebaja de la categoría y la reducción de la remuneración sin consentimiento expreso del trabajador; el traslado o destaque del trabajador a otro puesto o centro de trabajo; el acoso sexual y el maltrato moral cometido por el empleador, sus representantes o por quien ejerza autoridad; y obligar al trabajador a realizar actos inmorales o ilícitos.
            También fue aprobado, con cargo a redacción, el artículo 160º que precisa que el empleador no puede despedir por causa relacionada con la conducta o con la capacidad del trabajador, sin antes otorgarle, por escrito, un plazo no menor de cinco días para que pueda defenderse de los cargos que se le formulen, salvo aquellos casos en que por la naturaleza de la falta grave no resulte razonable tal posibilidad, o de 30 días para que demuestre su capacidad o corrija su deficiencia. 
SERVICIO DE NOTICIAS
CENTRO DE COMUNICACIONES DEL CONGRESO       


Georgina Carlos Panana
www.liderchancay.com
98432783
RPM : #900051
Nextel : 827*1442
www.fentap.org.pe

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