lun 25 sep 2006 06:53:41 CEST
Bruselas promueve sanciones para acabar con la discriminación laboral
La Comisión lanza una directiva que los países miembros deberán asumir en agosto del 2008
Reclama un marco legal más favorable para las mujeres que denuncien estas prácticas ilegales
Poner fin a la discriminación laboral por la vía del
bolsillo. Éste es uno de los ejes centrales de actuación de una
directiva marco que acaba de aprobar la Comisión Europea para aplicar
el principio de igualdad de oportunidades y trato entre hombres y
mujeres en asuntos de empleo y ocupación.
En realidad, lo que pretende Bruselas es que los países miembros
establezcan severas indemnizaciones para poner coto a estas prácticas
ilegales e incluso que se pongan en marcha regímenes jurídicos
favorables a la parte demandante en los que sea la empresa, y no al
revés, la que demuestre que no ha cometido irregularidad alguna.
El Ejecutivo comunitario lleva casi tres décadas emitiendo
disposiciones para atajar el fenómeno de la discriminación y cuyo
resultado ha sido más que cuestionable. Un ejemplo: según los datos del
Instituto Nacional de Estadística (INE) y de la OCDE, en España las
mujeres no sólo registran una tasa de paro que duplica la de los
hombres (6,36% de los primeros, por un 11,53% de las segundas), sino
que los salarios de ellas son, de media, más de un 20% inferiores a los
de ellos.
Ahora, el Ejecutivo comunitario ha refundido todas las disposiciones en
esta materia lanzadas desde 1974 hasta la actualidad para convertirlas
en una directiva marco que los países miembros deberán trasponer a sus
legislaciones en agosto del 2008.
Novedades
La principal novedad del texto comunitario es que pretende frenar la
discriminación en el acceso a los empleos, las condiciones de trabajo,
la formación o incluso las cotizaciones de la seguridad social por la
vía coercitiva. Así, la directiva insta a los Estados a aprobar un
régimen probatorio favorable a la parte demandante. De esta forma, si
una persona se siente perjudicada en el principio de igualdad de trato
y lo denuncia ante los juzgados, la parte demandada deberá demostrar
que no ha vulnerado tal principio.
En caso de que gane el pleito la demandante, los ordenamientos
jurídicos de los países garantizarán una indemnización «proporcionada»
para la parte vencedora y «disuasoria» para la empresa u organización
que incurrió en la discriminación.
En una línea similar, Bruselas exige a los integrantes de la Unión
Europea (UE) que adopten las medidas necesarias para poder declarar
nulo cualquier artículo que cuestione la igualdad de trato en convenios
colectivos, contratos laborales, estatutos de personal, reglamentos
internos de las empresas u otras organizaciones...
Para completar este paquete de actuaciones, cada uno de los países
creará un organismo independiente encargado de promocionar y velar por
el cumplimiento de la igualdad de trato.
Manuel Blanco
http://www.diariodeleon.es/